Espacio publicitario disponible
Cotizaciones del día

Dólar Oficial

$1.530

0.33%

Dólar Blue

$1.545

0.32%

Dólar Tarjeta

$1.989

0.33%

Euro

€1.756,52

0.22%

Real

R$296,91

0.36%

Azúcar Tucumán · 50kg

$36.315

33.44%

Azúcar Int. · Londres N5

US$24,707

95.29%

Azúcar Int. · EEUU N11

US$423,29

2255.54%

Bioetanol de caña ($/L)

1.072

100936.76%

Bioetanol de maíz ($/L)

982.976

100900.37%

RIESGOS DEL TRABAJO

La SRT actualizó las indemnizaciones por accidentes laborales y enfermedades profesionales

Los nuevos montos regirán entre septiembre de 2026 y febrero de 2027 y fueron establecidos en función de la evolución del RIPTE. Las compensaciones adicionales de pago único llegan hasta $76,2 millones, según el supuesto previsto por la normativa.

PorTendencia de noticias
02 sept, 2026 10:56 a. m. Actualizado: 02 sept, 2026 10:56 a. m. AR
La SRT actualizó las indemnizaciones por accidentes laborales y enfermedades profesionales

Noticias Argentinas difundió que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) actualizó los montos de las indemnizaciones correspondientes a accidentes laborales y enfermedades profesionales para el período comprendido entre septiembre de 2026 y febrero de 2027.



La medida fue establecida mediante la Resolución 39/2026 y contempla la evolución de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) para determinar los nuevos valores aplicables dentro del sistema de riesgos del trabajo.



De acuerdo con la normativa, las compensaciones adicionales de pago único quedaron fijadas en $50.824.055, $63.530.069 y $76.236.060, según el supuesto contemplado por la legislación para cada caso.



Para determinadas indemnizaciones, el piso fue establecido en $114.354.110, importe que, cuando corresponda, deberá calcularse de acuerdo con el porcentaje de incapacidad determinado para el trabajador.



Además, la indemnización adicional prevista para los casos de muerte o incapacidad total tendrá un piso de $21.656.176.



Los valores actualizados serán aplicables a las contingencias alcanzadas por el sistema durante los seis meses comprendidos entre septiembre de este año y febrero de 2027.



La actualización de estos importes deberá ser considerada por trabajadores, empleadores y aseguradoras de riesgos del trabajo (ART) al momento de determinar y liquidar las prestaciones correspondientes por accidentes laborales y enfermedades profesionales.

publicidad

Más de economía

publicidad